TVT | Redacción
Acorde a la campaña nacional “Septiembre Mes del Testamento” impulsada por la Secretaría de Gobernación y el Colegio Nacional del Notariado Mexicano, Televisión Tabasqueña dedicó la Mesa de Análisis de esta semana al tema “Septiembre, mes del testamento: una decisión a tiempo”.
Este lunes, estuvieron en el programa conducido por Jorge de Dios, Gonzalo Medina Pereznieto, presidente del Colegio de Notarios Públicos de Tabasco, así como los notarios integrantes del Consejo Ejecutivo del CNPT, Jorge Arturo Pérez Alonso, Fabián Taracena Blé, Guadalupe León Jiménez y José Manuel Cerna gil.
Para ilustrar los seis bloques en los que se divide el programa Mesa de Análisis de los lunes, Televisión Tabasqueña elaboró igual número de cartones para enriquecer la información entre corte y corte.
Comenzamos con que “el testamento es el documento donde se plasma la decisión de una persona con respecto a su patrimonio, designado a las personas que lo recibirán en el momento de su muerte.
“La finalidad básica del testamento es que el patrimonio perdure a pesar de que el dueño de éste muera”.
Para el segundo bloque, se dijo que “el testamento es un acto personalísimo, revocable, una vez que se expide un nuevo testamento se revoca el anterior, siendo válido el último que se haya hecho.
“Es nulo el testamento que se haga bajo la influencia de amenazas contra su persona, sus bienes o sus parientes, por el cual una persona mayor de 16 años y que se encuentra en su cabal juicio dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte”.
Y dimos a conocer que “el albacea es la persona designada en el testamento para que sea responsable de hacer cumplir la última voluntad del testador.
“Después de aceptar su cargo, el albacea cuidará y dará destino a los bienes que disponga el testamento.
“La función principal del albacea, una vez fallecido el testador, es la de cumplir con el testamento, para lo cual deberá acudir ante el notario y presentar el acta de defunción del testador y el testimonio del testamento.
“En el supuesto de no dejarse un testamento, la ley establece quiénes serían los herederos y en qué proporción.
“Tal situación puede provocar que la familia del difunto enfrente gastos elevados, pérdida de tiempo y en ocasiones conflictos entre aquellas personas que consideren tener derecho a recibir los bienes.
“De tal suerte que tendría que tramitarse un Juicio Sucesorio ante el Juzgado de lo Familiar para determinar el reconocimiento de herederos que en muchas ocasiones puede no coincidir con la voluntad de la persona que falleció y que no formuló testamento alguno”.
Cerramos nuestro último bloque con la información de que “el dejar testamento es una sencilla medida de prevención para que se cumpla exactamente tu última voluntad y que cuando faltes no se causen mayores problemas y gastos a tu familia, protegiendo con esta decisión el patrimonio que lograste formar a lo largo de tu vida”.
Por el interés y la participación de la ciudadanía en el tema, el conductor Jorge de Dios invitó a los panelistas para agendar un segundo programa a plantearse en octubre próximo a lo que los cinco notarios, presentes en la mesa de este lunes, se comprometieron.