La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por unanimidad las reformas a la Constitución Política del Estado de Tabasco, promulgadas apenas en octubre del año pasado, que establecían reducciones del 50 por ciento en el financiamiento público a los partidos políticos en esa entidad.
Estas reformas, contenidas en el Decreto OO4 del Congreso local, fueron impugnada mediante sendas acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos políticos de la Revolución Democrática, Revolucionario Institucional y Verde Ecologista, además de la Procuraduría General de la República.
El proyecto de resolución, presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, se basó en que las reformas impugnadas violaban los artículos 41 y 116 de la Constitución Federal, donde se contienen los criterios para el financiamiento de los partidos políticos, materia sobre la cual, legislar es facultad exclusiva del Congreso de la Unión.
Así, por unanimidad y sin mayor discusión, el Pleno de Ministros de la SCJN declaró inconstitucional el artículo 9, apartado A, fracción VIII, inciso a), de la Constitución Tabasco.
Fuente: La Jornada