La Secretaría de Energía (Sener) envió este viernes a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) una propuesta de acuerdo para modificar los lineamientos de almacenamiento mínimo de petrolíferos, mediante la cual busca reducir las obligaciones que deben cumplir las compañías privadas en cuanto a los inventarios de combustibles con los que deben contar para operar.
El acuerdo, proveniente de la Subsecretaría de Hidrocarburos de la dependencia, propone fijar a los comercializadores de gasolinas y diésel la obligación de contar con un inventario mínimo de combustible equivalente a cinco días de venta en los próximos seis años -2020 a 2025- y en tres días para los participantes del mercado de turbosina.
La regulación actual, que se creó tras la reforma energética con la finalidad de aumentar la infraestructura en el sector, establece que el almacenamiento mínimo con el que deben contar los privados es de cinco días de ventas en 2020, de forma que éste debe aumentar progresivamente hasta acumular entre 10 y 13 días en 2025.
De acuerdo con el marco vigente, las compañías privadas deben cumplir con la primer meta de almacenamiento -equivalente a cinco días- el próximo 1 de enero, lo cual también se verá modificado de entrar en vigor la nueva disposición.
La Sener argumenta que esta modificación será un beneficio para las compañías que deben someterse a esta política pública, pues representa un ahorro importante para toda la cadena de valor.
Fuente: El Financiero