TVT | Redacción
Durante los trabajos legislativos de este jueves en la Cámara de Diputados local, se avaló por unanimidad de votos un dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Gobernación y Puntos Constitucionales, para adicionar el Artículo 679 Bis al Código Civil; y el Artículo 751 Bis al Código de Procedimientos Civiles, ambos del Estado de Tabasco.
Se establece que, en los casos de ausencia o desaparición de persona, derivada de la comisión de los delitos de desaparición forzada de personas o desaparición cometida por particulares, la ausencia debe declararse mediante un procedimiento específico denominado “Declaración Especial de Ausencia”.